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Reglamento de registro de títulos de pre-grado, grado y post-grado |
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Noticias -
Educación Superior
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El Reglamento de referencia ha sido elaborado con el fin mejorar los procedimientos para el tratamiento de registro de títulos de pre-grado, grado y post-grado expedidos por las universidades, institutos superiores e instituciones profesionales del tercer nivel. De acuerdo a la legislación vigente, Ley Nº 1264/98 “General de Educación” en su artículo 124 se establece: “El Ministerio de Educación y Cultura tendrá a su cargo lo concerniente al registro y control de títulos y certificados de estudios, con el fin de garantizar su validez y poder otorgar la certificación y titulación oficial o facilitar otras credenciales de carácter académico”. |
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Última actualización en Martes, 14 de Abril de 2009 11:25 |
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Los títulos profesionales deben estar registrados por el MEC |
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Noticias -
Educación Superior
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Solo los certificados reconocidos por Educación habilitan a ejercer la actividad profesional. El ministro Horacio Galeano Perrone pidió que la Contraloría verifique la situación de los funcionarios públicos. El ejercicio profesional, por parte de personas cuyos títulos universitarios no estén registrados en el Ministerio de Educación (MEC), es irregular, y más si se cobra un beneficio económico, especialmente en el sector oficial. |
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Última actualización en Martes, 31 de Marzo de 2009 12:53 |
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